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miércoles, 3 de marzo de 2010

IVA: IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS

Es un gravamen al consumo, del orden nacional y naturaleza indirecta, que en Colombia se ha estructurado bajo la modalidad de valor agregado en cada una de las etapas del ciclo económico del bien o servicio. Para efectos del recaudo por parte del estado, la ley ha conferido la calidad de “responsables” a algunos de los sujetos que intervienen en las operaciones económicas.

1 OBLIGACIONES DE LOS RESPONSABLES DEL IVA

1. Inscribirse en el registro único tributario: todos los responsables del IVA se encuentran en la obligación de inscribirse en el registro único tributario RUT, dado que este constituye el mecanismo único para identificarnos ubicarnos y clasificarnos. Esta obligación se predica tanto para los responsables del régimen común como para los del régimen implicado.

2. Recaudar y consignar el impuesto: esta obligación solo recae a los responsables del régimen común. Si alguien que pertenezca al régimen simplificado llegara a recaudar el IVA, estaría sometido a cumplir íntegramente con todas las obligaciones del régimen común.

· Recaudar consiste en cobrar el impuesto sobre las ventas cuando se realizan operaciones sobre bienes y servicios grabados. Quien recauda (vendedor) es el responsable jurídico frente al estado, pero quien lo paga (comprador) es el contribuyente económico del impuesto.

· Consignar consiste en cumplir con la obligación principal de entregarle a la estado el IVA recaudado en las operaciones grabadas

3. Expedir factura o expediente: Los responsables que pertenecen al régimen simplificado se encuentran exceptuados de la obligación de expedir factura, siempre que se encuentren inscritos en el RUT.

4. impuesto sobre las ventas en los lugares y dentro de los plazos que señale el gobierno nacional.

No están obligados a presentar declaración del impuesto sobre las ventas los responsables que pertenezcan al régimen simplificado.

5. Informar el cese de actividades

6. Informar el NIT

7. Facilitar la información requerida

8. Conservar informaciones y pruebas

9. Informar en medios magnéticos

10. Cumplir las normas de contabilidad

2. RESPONSABLES DEL IVA EN COLOMBIA

Son responsables tanto las personas naturales como jurídicas que produzcan o vendas bienes o servicios excluidos, además los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos, incluyendo los importadores.

Cuando una persona natural es” responsable del IVA”, esta tiene que definir si actuara bajo la figura del “régimen simplificado” o “régimen común”.

1. REGIMEN SIMPLIFADO: Al régimen simplificado pertenecen las personas naturales:

· comerciantes minoristas o detallistas

· artesanos minoristas o detallistas

· agricultores

· ganaderos

· prestadores de servicios

Que cumplan todos estos requisitos:

· Haber obtenido en el año anterior ingresos brutos totales, provenientes de la actividad, inferior al monto estipulado en la ley.

· No desarrollar actividades bajo franquicia, concesión o cualquier otra explotación de intangibles

· Tener máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede local o negocio donde ejerza su actividad.

· No ser usuario aduanero.


2. REGIMEN COMUN

Al régimen común pertenecen todas las personas jurídicas que vendan productos o servicios gravados con el impuesto a las ventas. Pertenecen también al régimen común todas las personas naturales que vendan productos o servicios gravados y que no pertenezcan al régimen simplificado.

3. DIFERENCIAS ENTRE EL REGIMEN SIMPLIFICADO Y COMUN


REGIMEN SIMPLIFICADO

REGIMEN COMUN

Quienes pertenecen

Personas naturales

Personas naturales o personas jurídicas

Ingresos

Los topes de ingresos solo aplican a las personas naturales

Personas jurídicas serán siempre del régimen común sin importar sus ingresos

Obligaciones

· facturar

· Facturar

· Cobrar IVA

· Declarar y llevar la contabilidad

· Declarar renta

Características

Se caracteriza por ser informal

Implica estar formalizado




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