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miércoles, 3 de marzo de 2010

¿QUE ES LA RETENCIÓN EN LA FUENTE?

La retención en la fuente es un sistema de recaudo mediante el cual la persona o entidad que realice un pago gravable a un contribuyente o beneficiario debe retener o restar de ese pago un porcentaje determinado por la ley, a título de impuesto y consignarlo a favor de la administración tributaria.
La retención en la fuente no es un impuesto sino un mecanismo encaminado a asegurar, acelerar y facilitar a la administración tributaria el recaudo y control de los impuestos sobre la renta, ventas y timbre y el gravamen sobre transacciones financieras. De esta manera, se busca que el impuesto se recaude en lo posible, dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

1. ¿CÓMO SE EFECTÚA LA RETENCIÓN?

La retención en la fuente se efectúa así:

1. A título de impuesto sobre la renta y complementarios: El agente retenedor restará, del valor total del pago o abono en cuenta gravable, un porcentaje previamente establecido por el Gobierno Nacional de acuerdo con la naturaleza del pago o abono en cuenta.

2. A título de impuesto sobre las ventas: La retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas se debe realizar en el momento en que se efectúe el pago o abono en cuenta y será equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del valor del impuesto.

Cuando se trate de contratos con personas o entidades sin residencia o domicilio en Colombia el porcentaje será del cien por ciento (100%) del valor del impuesto, sin embargo el Gobierno Nacional está facultado para establecer porcentajes de retención.

Cuando se trate de operaciones canceladas con tarjetas de crédito y/o débito, la retención será del diez por ciento (10%) aplicable sobre el valor del IVA generado en la respectiva operación.

3. A título de impuesto de timbre: El impuesto de timbre por ser estrictamente documental e instantáneo, se causa y retiene en el momento del otorgamiento, suscripción, giro, expedición, aceptación, vencimiento, prórroga o pago del instrumento, documento o título, el que ocurra primero.

2. ¿QUÉ IMPUESTOS ESTÁN SOMETIDOS A RETENCIÓN?

  • Renta
  • Remesas
  • IVA
  • Industria y comercio
  • Timbre
  • Gravamen a los movimientos financieros
  • Entre otros

3. ¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS DE

LA RETENCIÓN EN LA FUENTE?

  • Agente retenedor: Es la persona o entidad obligada a efectuar la retención, al realizar los pagos o abonos en cuentas señalados en la ley.
  • Sujeto pasivo: Es la persona o entidad beneficiaria del pago o abono en cuenta, afectada con la retención
  • Pago o abono en cuenta
  • Base de retención: es el valor del pago o abono en cuenta sobre el cual se debe aplicar la tarifa para obtener la suma a retener
  • Tarifa

4 . ¿QUIÉNES SON AGENTES DE RETENCIÓN?

También llamados agentes retenedores, son las personas y/o entidades obligadas a efectuar la retención en la fuente cuando realicen los pagos o abonos en cuenta señalados en la ley.

Son agentes de retención las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención correspondiente.

5. OBLIGACIONES DE LOS AGENTES DE RETENCION


1. Efectuar la retención: siempre que realice un pago o abono en cuenta sujeto a retención.

2. Presentar las declaraciones de retención en la fuente, dentro de los plazos que señale el Gobierno Nacional, haciendo uso de los formularios prescritos oficialmente.

3. Suministrar a la DIAN información relacionada con las retenciones en la fuente practicadas.

4. Consignar las retenciones en la fuente practicadas dentro de los plazos fijados por el gobierno Nacional.

5. Expedir los certificados de retenciones en la fuente por el respectivo impuesto, dentro de los plazos establecidos.

6. Conservar los soportes y pruebas que permitan verificar la exactitud de los valores contenidos en las declaraciones tributarias.

6. AGENTES AUTORRETENEDORES.

La autorretencion opera en el impuesto sobre la renta, y consiste en que le agente retenedor se abstiene de practicar la retención en la fuente para que sea el mismo beneficiario del pago quien responda por los valores sujetos a retención.

Radica en el director de impuestos y aduanas nacionales la competencia para autorizar o designar a las personas y/o entidades que deben actuar como autorretenedores.

7. REQUISITOS PARA ACTUAR COMO

AGENTES AUTORRETENEDORES.

Estos son algunos de los requisitos establecidos por la DIAN para autorizar la calidad de agentes autorretenedores:

  • Ser persona jurídica
  • Haber obtenido ingresos superiores a seis mil (6000) salarios mínimos legales mensuales vigentes por las ventas brutas realizadas del año inmediatamente interior.
  • Encontrarse al día en las obligaciones tributarias.
  • Estar inscrito en el Registro Único Tributario

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